SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ra Nº 39/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ra Nº 39/2023

Fecha: 28-Sep-2023

Argumentos de la Contestación: Argumentos de los terceros interesados.

II.1. Argumentos de los terceros interesados.

El tercero interesado José Ernesto Masanes Arauz, fue notificado legamente el 30 de julio del 2020, conforme se tiene de la diligencia de notificación que cursa a fs. 1100 de obrados; de igual manera, María José Masanes Barba, es notificada el 11 de febrero del 2021 tal cual se evidencia de la notificación que cursa a fs. 1145 de obrados; empero, pese a las notificaciones, los terceros interesados nombrados, no se apersonaron hasta la fecha para ejercer sus derechos. 

Sin embargo, Antonio Colque Quiroga, Secretario General de la Comunidad Agraria “Che Guevara”, acreditando interés legal, por memorial de fs. 864 a 866 vta. de obrados, se apersona en calidad de tercero interesado señalando:

La comunidad a la que representa, ha iniciado tramite agrario de dotación de tierras fiscales, en cuyo mérito, el INRA les autorizo el asentamiento correspondiente, sobre una superficie total de 1504.9699 ha. ubicados en el municipio de Pailón, provincia Chiquitos del departamento de Santa Cruz, misma que sería declarada tierra fiscal en el proceso de saneamiento en la que se habría emitido la Resolución Final de Saneamiento y que fue impugnado en el presente proceso, por ello aducen que el resultado del caso en litis, les puede afectar en sus derechos colectivos, ya que el art. 2 de la CPE reconoce el derecho al autogobierno, al reconocimiento de las instituciones y la consolidación de la Unidades Territoriales de la Comunidades Campesinas, concordante con el art. 30-II-2-5 y de la norma Suprema que reconoce el derecho a que las instituciones y formas de organización sean respetadas.