En la Provincia de Punata, el día miércoles 21 de octubre de 2020, a Hrs. 15:00 p.m., siendo el día y la hora señalada para la audiencia de lectura sentencia dentro el proceso Oral Agrario de RESTABLECIMIENTO DE SERVIDUMBRE DE PASO seguido por MAGALY
Fecha: 21-Oct-2020
Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación
I.1. Argumentos de la resolución recurrida en casación
Que, por Sentencia N° 04/2020 de 21 de octubre de 2020, emitida por la Juez Agroambiental de Punata - Cochabamba, resuelve declarar Improbada la demanda de Restablecimiento de Servidumbre de Paso, bajo los siguientes argumentos:
No logró demostrar que el pasaje pretendido de restitución llegaba a la propiedad de la demandante, sino únicamente a la propiedad de las demandadas, aspectos respaldados por la certificación emitida por el INRA y del Informe del profesional Técnico del Juzgado Agroambiental; y, si bien las demandadas procedieron a cercar su propiedad, este hecho no implicó una obstrucción al pasaje pretendido sino un acto de dominio de su propiedad; resalta que la tolerancia circunstancial no implica un reconocimiento de derecho real; falla declarando Improbada la demanda, en razón a que la parte actora no cumplió con la carga probatoria prevista en el art. 136.I de Código Procesal Civil (Ley N° 439).
- Encabezado
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Por Tanto 1
- AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 51/2020
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación interpuesto por Magaly Guzmán Arnez en su calidad de demandante
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Fundamentos Jurídicos del fallo
- F.J.II.1. 1 La naturaleza jurídica del recurso de casación: Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- F.J.II.1. 2. Del debido proceso
- F.J.II.1. 3. Artículo 213.I de la Ley N° 439, señala: "La sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia, recaerá sobre las cosas litigadas en la manera en que hubieren sido demandadas, sabida que fuera la verdad material por las pruebas del proceso".
- FJ.III.1. 1. La parte actora acusa la existencia de contradicción e imprecisión en la sentencia al no haberse identificado el asunto, siendo la Restitución de Servidumbre de Paso; asimismo, reclama que la Juez de instancia no realizó una valoración en su integridad y bajo los principios de la sana crítica, el Informe Técnico emitido por el Juzgado Agroambiental, que reconoce la existencia de un pasaje peatonal o circunstancial que atraviesa la propiedad de las demandadas; aspecto que estaría ratificado por la declaración testifical de Matilde Rilcaldez Balderrama.
- Por Tanto 2