En la Provincia de Punata, el día miércoles 21 de octubre de 2020, a Hrs. 15:00 p.m., siendo el día y la hora señalada para la audiencia de lectura sentencia dentro el proceso Oral Agrario de RESTABLECIMIENTO DE SERVIDUMBRE DE PASO seguido por MAGALY
Fecha: 21-Oct-2020
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 51/2020
AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 51/2020
Expediente: Nº 4040/2020
Proceso: Restablecimiento de Servidumbre de Paso
Demandante: Magaly Guzmán Arnez
Demandadas: Deyci Modesta Valeriano Gutiérrez y
Eulogia Gutiérrez Vda. de Valeriano
Distrito: Cochabamba
Asiento Judicial: Punata
Fecha: Sucre, 15 diciembre de 2020
Magistrada Relatora: Elva Terceros Cuellar
El recurso de casación, cursante de fojas 166 a 170 de obrados (fs.), interpuesto por Magaly Guzmán Arnez, contra la Sentencia N° 04/2020 de 21 de octubre de 2020, cursante de fs. 154 a 162 de obrados, pronunciada por la Juez Agroambiental de Punata - Cochabamba, dentro del proceso de Restablecimiento de Servidumbre de Paso, interpuesto por la ahora recurrente contra Deyci Modesta Valeriano Gutiérrez y Eulogia Gutiérrez Vda. de Valeriano.
- Encabezado
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Por Tanto 1
- AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 51/2020
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación interpuesto por Magaly Guzmán Arnez en su calidad de demandante
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Fundamentos Jurídicos del fallo
- F.J.II.1. 1 La naturaleza jurídica del recurso de casación: Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- F.J.II.1. 2. Del debido proceso
- F.J.II.1. 3. Artículo 213.I de la Ley N° 439, señala: "La sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia, recaerá sobre las cosas litigadas en la manera en que hubieren sido demandadas, sabida que fuera la verdad material por las pruebas del proceso".
- FJ.III.1. 1. La parte actora acusa la existencia de contradicción e imprecisión en la sentencia al no haberse identificado el asunto, siendo la Restitución de Servidumbre de Paso; asimismo, reclama que la Juez de instancia no realizó una valoración en su integridad y bajo los principios de la sana crítica, el Informe Técnico emitido por el Juzgado Agroambiental, que reconoce la existencia de un pasaje peatonal o circunstancial que atraviesa la propiedad de las demandadas; aspecto que estaría ratificado por la declaración testifical de Matilde Rilcaldez Balderrama.
- Por Tanto 2