En la Provincia de Punata, el día miércoles 21 de octubre de 2020, a Hrs. 15:00 p.m., siendo el día y la hora señalada para la audiencia de lectura sentencia dentro el proceso Oral Agrario de RESTABLECIMIENTO DE SERVIDUMBRE DE PASO seguido por MAGALY
Fecha: 21-Oct-2020
Encabezado
ACTA DE PROSECUCIÓN DE AUDIENCIA COMPLEMENTARIA
En la Provincia de Punata, el día miércoles 21 de octubre de 2020, a Hrs. 15:00 p.m., siendo el día y la hora señalada para la audiencia de lectura sentencia dentro el proceso Oral Agrario de RESTABLECIMIENTO DE SERVIDUMBRE DE PASO seguido por MAGALY GUZMAN ARNEZ contra DEYCI MODESTA VALERIANO GUTIERREZ Y EULOGIA GUTIERREZ VDA. DE VALERIANO, constituido el Tribunal del Juzgado Agroambiental compuesto por la Dra. Susana Y. Ávila Vargas y la suscrita Secretaria Abogada Dra. Analía Gimena Montaño Ramírez, se declaró reinstalada la audiencia con la presencia de la demandante con su abogado Dr. Torrico y presente la demandada Deyci Modesta Valeriano Gutiérrez; no se hizo presente la co-demandada Eulogia Gutiérrez Vda. de Valeriano ni su abogado Dr. Peralta. Acto seguido, la Sra. Juez indicó que no existiendo prueba que recepcionar, dispone que por Secretaría se de lectura a la sentencia emitida dentro el presente caso, cuyo tenor es el siguiente:
S E N T E N C I A No. 04/2020
Expediente: No. 03/2020
Proceso: Restablecimiento de Servidumbre de Paso
Demandantes : Magaly Guzmán Arnéz
Demandada: Deyci Modesta Valeriano Gutiérrez y Eulogia Gutiérrez Vda. de Valeriano
Distrito: Cochabamba
Asiento Judicial : Punata
Fecha: 21 de octubre de 2020.
Juez: Dra. Susana Yvon Avila Vargas
En el proceso agrario de RESTABLECIMIENTO DE SERVIDUMBRE DE PASO seguido por MAGALY GUZMAN ARNEZ contra DEYCI MODESTA VALERIANO GUTIERREZ Y EULOGIA GUTIERREZ VDA. DE VALERIANO. VISTOS .- Los antecedentes del proceso de principio a fin y en cumplimiento de Auto Agroambiental Plurinacional S1ª No. 23/2020, de fecha 21 de agosto de 2020, se emite la presente resolución.
- Encabezado
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Por Tanto 1
- AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 51/2020
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación interpuesto por Magaly Guzmán Arnez en su calidad de demandante
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Fundamentos Jurídicos del fallo
- F.J.II.1. 1 La naturaleza jurídica del recurso de casación: Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
- F.J.II.1. 2. Del debido proceso
- F.J.II.1. 3. Artículo 213.I de la Ley N° 439, señala: "La sentencia pondrá fin al litigio en primera instancia, recaerá sobre las cosas litigadas en la manera en que hubieren sido demandadas, sabida que fuera la verdad material por las pruebas del proceso".
- FJ.III.1. 1. La parte actora acusa la existencia de contradicción e imprecisión en la sentencia al no haberse identificado el asunto, siendo la Restitución de Servidumbre de Paso; asimismo, reclama que la Juez de instancia no realizó una valoración en su integridad y bajo los principios de la sana crítica, el Informe Técnico emitido por el Juzgado Agroambiental, que reconoce la existencia de un pasaje peatonal o circunstancial que atraviesa la propiedad de las demandadas; aspecto que estaría ratificado por la declaración testifical de Matilde Rilcaldez Balderrama.
- Por Tanto 2