Resolución recurrida: Sentencia N° 01/2021 de 05 de agosto de 2021
Fecha: 08-Oct-2021
Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
I.3. Argumentos de la contestación al recurso de casación
Por memorial cursante de fs. 111 a 112 de obrados, Rómulo Vallejos Vega, contesta el recurso de casación, pidiendo se declare infundado el mismo, bajo los siguientes argumentos:
I.3.1. Refiere que el demandado habría sido debidamente citado y que en vez de contestar la demanda y proponer los medios de defensa a su favor, "no le dio la gana de apersonarse" (sic), habiendo dejado precluir su derecho.
I.3.2. En lo que respecta a la vulneración del derecho a la defensa y al debido proceso, indica que el recurrente no discrimina sí su recurso de casación es en la forma o en el fondo y que no habría ofrecido prueba idónea en segunda instancia, limitándose a señalar que existiría otro proceso anterior en curso que no se encuentra ejecutoriado; que desde la citación con la demanda tenía 15 días para contestar la demanda y otros 15 días para intervenir en la celebración de la audiencia; por lo que dejó precluir su derecho en aplicación del art. 16.I de la Ley N° 025.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del recurso de casación en materia agroambiental.
- FJ.II.2. El proceso de Desalojo por Avasallamiento.
- FJ.II.3. Examen del caso concreto.
- FJ.II.3. 1. La falta de designación de defensor de oficio que impidió alegar nuevos hechos y contestar las excepciones opuestas, conforme el art. 83.1 y 2 de la Ley N° 1715; aspecto que vulneraría el art. 13 de la CPE y el art. 8.2).e) del Pacto de San José de Costa Rica
- FJ.II.3. 2. La falta de claridad y relación de hechos en la demanda, pues no se identificó la fecha del despojo ni la documentación relativa al predio
- FJ.II.3. 3. El incumplimiento de los arts. 79.1) y 82 de la Ley N° 1715, así como los arts. 3, 4 y 5.1) de la Ley N° 477
- FJ.II.3. 4. Falta de valoración probatoria, respecto a la petición de suspensión de la audiencia de inspección judicial
- FJ.II.3. 5. La no consideración de un proceso anterior de Mensura y Deslinde entre las partes en litigio, el cual no se encuentra ejecutoriado y que fue de conocimiento del Juez de la presente causa
- Por Tanto 1