Resolución recurrida: Sentencia N° 05/2021 de 13 de mayo de
Fecha: 04-Ago-2021
Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
I.5. Actos procesales relevantes
I.5.1. A fs. 1 de obrados, cursa Título Ejecutorial N° PPD-NAL-705137 de 3 de abril de 2017 a nombre de "María Rivera Martinez de Honor y Zenobio Honor Mariscal" respecto a la pequeña propiedad agrícola denominada "Tupac Katari Parcel 001" con una superficie de 24.1220 ha.
I.5.2. A fs. 5 de obrados, cursa Folio Real respecto a la Matrícula N° 7.01.0.40.0000394 relativa a la propiedad denominada "Tupac Katari Parcela 001" con una superficie de 24.1220 ha.
I.5.3. De fs. 28 a 31 vta. de obrados, cursa Acta de Audiencia de Inspección Judicial y Pericial celebrada el 19 de febrero de 2021, habiéndose hecho presentes, Zenobio Honorio Mariscal (codemandante), Jenny Ayala Ortiz (demandada), Victor Veizaga Rojas (Dirigente) y José Alfredo Ayala Medina (padre de la demandada), asistidos por sus abogados, que en lo sustancial se transcribe lo siguiente: "Juez. Explica el objeto de la presente audiencia. Llama al Ing. Saúl Calderón Méndez, toma juramento de ley. Dicta los puntos de pericia. Abogado Demandante. Se ratifica en la demanda y menciona que está de acuerdo con los puntos de pericia. Abogado Demandada. Indica que existe un acta que consta que la comunidad contrato los servicios del señor Zenobio para el seguimiento en el proceso de saneamiento del INRA, pero que se aprovechó y se saneó a su nombre aproximadamente 24 Has, incluso esta área que le pertenece a la señora Yenny; por tanto, presentará toda la prueba necesaria. Juez. Explica a las partes sobre el desalojo voluntario, para llegar a una solución a través de la conciliación. Ordena el corte de la grabación para tratar una posible conciliación. Demandada. Indica que no se va a retirar porque tiene la posesión que el Sindicato le dio a ella, a cargo de los Dirigentes Victor Veizaga y Damián Escobar. Menciona que tiene toda la prueba y actas pertinentes que demuestran su legal posesión, y que el señor Zenobio se aprovechó de la confianza del sindicato y se hizo dueño. Juez. Pasa a la siguiente actividad y se refiere a las medidas precautorias que están dispuestas en el auto de admisión. Da inicio a la Inspección Judicial y Pericial. Otros. José Alfredo Ayala Medina: Indica que es papá de la demandada y que desde el 2016 ha trabajado estas tierras, han hecho el alambrado y deslinde las dos hectáreas, también hicieron el pozo y el noque, hicieron todo porque es su propiedad donde los posesionó el Sindicato..."
I.5.4. De fs. 35 a 54 de obrados, cursa el Informe Técnico de 2 de marzo de 2021, emitido por el Apoyo Técnico del Juzgado Agroambiental de Santa Cruz, en cuyas conclusiones textualmente establece: "Una vez realizada la inspección en campo se tienen los siguientes resultados y conclusiones obtenidas.
1. Verificara si los datos del predio de fs. 2 concuerdan con el lugar avasallada y la superficie del área avasallada .
Se ha subido las coordenadas extraida del lugar en conflicto el día de la inspección al programa ArcGIS con las coordinadas del plano del expediente de fs. 2 se ha podido determinar lo siguiente: El área avasallada se encuentra dentro de la parcela Tupac Katari 001, concuerdan con la misma parcela.
2. Determinar la superficie avasallada.
La superficie avasallada del predio en conflicto que indicaron el demandante subido al programa ArcGIS es de 14.885 mt2.
3. Georeferenciar las mejoras en la superficie avasallada.
Se realizó la Georeferenciación del predio en conflicto con el GPS MAP 64s si se puede determinar que aparte del área avasallada, también por afuera del área en conflicto, se extrajeron madera de roble como se puede apreciar tablones cortado que existen en la parcela Tupac Katari 01 y también realizaron un replanado con maquinaria y también se pudo evidenciar un alambrado de aproximadamente de 80 metros de largo según demandados en los registros fotográficos que se adjuntan en el informe.
En las imágenes satelitales Google Earth pro-10.3 del año 04/2020, 06/2017, 11/2017 y 10/2016 se aprecia el área en conflicto de la parte avasallada está limpia con trabajo de actividad agrícola como se muestra en las imágenes satelitales que hubo movimiento de tierra, se observa que en la parcela no existía ninguna de las mejoras existentes en el momento de la inspección.
4. Determinar la antigüedad de las mejoras de las áreas avasalladas con imágenes satelitales de los últimos tres años .
De acuerdo con las imágenes satelitales extraída del año 2016 al año 04/2020 no existe ninguna de las mejoras de que se muestra en el registro fotográfico que existían en esas fechas como la reflejan cada una de las imágenes satelitales.
Eso significa que las mejoras que existen dentro del área en conflicto o parte avasallada se realizaron en el transcurso del 04/2020 hasta 02/2021 como se lo puede reflejar en cada una de las imágenes satelitales." (sic.).
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación, cursante de fs. 116 a 119 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- El caso concreto
- El caso concreto: Respecto a la inasistencia de la codemandante a la audiencia de 19 de febrero de 2021, se tiene que de fs. 28 a 32 de obrados cursa Acta de Audiencia de la precitada fecha descrita en lo sustancial en el punto I.5.3 de la presente resolución, en el que se evidencia que asistieron a la misma Zenobio Honorio Mariscal, Jenny Ayala Ortiz, Victor Veizaga Rojas (Dirigente) y José Alfredo Ayala Medina, sin que la parte actora, hoy recurrente, habría observado la inasistencia de la codemandante o que alguna de las partes hubiera observado tal aspecto, más al contrario suscribieron los registros de asistencia cursantes de fs. 32 a 34 de obrados sin que conste observación alguna.
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2