Resolución recurrida: Sentencia N° 05/2021 de 13 de mayo de
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 05/2021 de 13 de mayo de

Fecha: 04-Ago-2021

Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.

I.1. Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.

La Juez Agroambiental de Santa Cruz mediante Sentencia N° 05/2021 de 13 de mayo de 2021, cursante de fs. 106 vta. a 110 vta. de obrados, dispuso textualmente lo siguiente: "1. Declarar probada la demanda de Desalojo por Avasallamiento de fs. 15 a 16 vta. subsanada a fs. 20, interpuesta por María Rivera Martínez de Honor y Zenobio Honor Mariscal contra de la demandada señora Jenny Ayala Ortiz. 2. Disponer que la demandada proceda a desalojar voluntariamente la fracción ocupada del predio denominado Tupac Katari Parcela 001 en el plazo máximo de 96 horas (cuatro días) como establece el art. 5.I.7 de la Ley N° 477, a computarse desde la ejecutoria de la presente resolución. Bajo alternativa, en ejecución de sentencia, de disponer el desalojo con auxilio de la fuerza pública de ser necesario, así como la sanción establecida en Disposición Adicional Primera de la indicada ley. Sea con comunicación al INRA, en cumplimiento del art. 5.I.7 de la Ley N° 477..." (sic.) decisión judicial que se sustenta en la valoración y análisis integral de la prueba admitida y producida, habiéndose demostrado: a) el derecho propietario mediante Título Ejecutorial N° PPD-NAL-705137 registrado en Derechos Reales bajo la matrícula N° 7.01.0.40.0000394 de una pequeña propiedad agrícola denominada "Tupac Katari Parcela 001" con una superficie de 24.1220 ha; b) las medidas de hecho ocasionadas por Jenny Ayala Ortiz y su padre (José Alfredo Ayala Medina), quienes no acreditaron derecho propietario, ni posesión legal o autorizaciones sobre el área en conflicto, más al contrario, confesaron espontáneamente haber realizado trabajos y mejoras consistentes en: el alambrado en el perímetro que corresponde a la superficie avasallada, construyeron un pozo y cortaron árboles maderables; aspectos que además fueron corroborados por el Informe Técnico Pericial por el que se habría dado cuenta de las mejoras realizadas en el área en conflicto, según las imágenes satelitales de octubre de 2016, noviembre de 2017 y abril de 2020, eran inexistentes.