Resolución recurrida: Sentencia N° 05/2021 de 13 de mayo de
Fecha: 04-Ago-2021
Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
I.1. Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
La Juez Agroambiental de Santa Cruz mediante Sentencia N° 05/2021 de 13 de mayo de 2021, cursante de fs. 106 vta. a 110 vta. de obrados, dispuso textualmente lo siguiente: "1. Declarar probada la demanda de Desalojo por Avasallamiento de fs. 15 a 16 vta. subsanada a fs. 20, interpuesta por María Rivera Martínez de Honor y Zenobio Honor Mariscal contra de la demandada señora Jenny Ayala Ortiz. 2. Disponer que la demandada proceda a desalojar voluntariamente la fracción ocupada del predio denominado Tupac Katari Parcela 001 en el plazo máximo de 96 horas (cuatro días) como establece el art. 5.I.7 de la Ley N° 477, a computarse desde la ejecutoria de la presente resolución. Bajo alternativa, en ejecución de sentencia, de disponer el desalojo con auxilio de la fuerza pública de ser necesario, así como la sanción establecida en Disposición Adicional Primera de la indicada ley. Sea con comunicación al INRA, en cumplimiento del art. 5.I.7 de la Ley N° 477..." (sic.) decisión judicial que se sustenta en la valoración y análisis integral de la prueba admitida y producida, habiéndose demostrado: a) el derecho propietario mediante Título Ejecutorial N° PPD-NAL-705137 registrado en Derechos Reales bajo la matrícula N° 7.01.0.40.0000394 de una pequeña propiedad agrícola denominada "Tupac Katari Parcela 001" con una superficie de 24.1220 ha; b) las medidas de hecho ocasionadas por Jenny Ayala Ortiz y su padre (José Alfredo Ayala Medina), quienes no acreditaron derecho propietario, ni posesión legal o autorizaciones sobre el área en conflicto, más al contrario, confesaron espontáneamente haber realizado trabajos y mejoras consistentes en: el alambrado en el perímetro que corresponde a la superficie avasallada, construyeron un pozo y cortaron árboles maderables; aspectos que además fueron corroborados por el Informe Técnico Pericial por el que se habría dado cuenta de las mejoras realizadas en el área en conflicto, según las imágenes satelitales de octubre de 2016, noviembre de 2017 y abril de 2020, eran inexistentes.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación, cursante de fs. 116 a 119 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- El caso concreto
- El caso concreto: Respecto a la inasistencia de la codemandante a la audiencia de 19 de febrero de 2021, se tiene que de fs. 28 a 32 de obrados cursa Acta de Audiencia de la precitada fecha descrita en lo sustancial en el punto I.5.3 de la presente resolución, en el que se evidencia que asistieron a la misma Zenobio Honorio Mariscal, Jenny Ayala Ortiz, Victor Veizaga Rojas (Dirigente) y José Alfredo Ayala Medina, sin que la parte actora, hoy recurrente, habría observado la inasistencia de la codemandante o que alguna de las partes hubiera observado tal aspecto, más al contrario suscribieron los registros de asistencia cursantes de fs. 32 a 34 de obrados sin que conste observación alguna.
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2