Auto Supremo AS/0108/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2002

Fecha: 06-Mar-2002

Que, cuando para la apreciación de los hechos controvertidos, se requiera el conocimiento especializado en


Que, cuando para la apreciación de los hechos controvertidos, se requiera el conocimiento especializado en alguna ciencia, arte, industria o técnica, proporcionado por un tercero, el órgano jurisdiccional puede recurrir a la prueba pericial. Esta prueba está a cargo de profesionales o técnicos que auxilian al Juez con sus conocimientos en una determinada área. Su apreciación y valoración corresponde al juzgador, teniendo en cuenta la competencia de los peritos, la uniformidad o disconformidad de sus opiniones, los principios científicos en que se fundan aplicando las reglas de la sana critica. En definitiva se deja a la prudencia del Juez valorar los dictámenes periciales o apartarse de ellos