A mayor abundamiento, el divorcio es un instituto del derecho de familia que tiende a
A mayor abundamiento, el divorcio es un instituto del derecho de familia que tiende a disolver un matrimonio válido en vida de los cónyuges, a instancia de cualquiera de ellos y por una o varias causas que la ley se encarga de precisar. En tanto que la nulidad, anulabilidad absoluta o relativa como otros institutos del mismo derecho, tienen por fin dejar sin efecto el acto mismo del matrimonio por causas que comprometen esta institución básica de la sociedad, o la libre voluntad de los contrayentes, basándose en causales que impiden o destruyen su realización porque atacan su carácter de orden público como institución social y familiar (impedimentos dirimentes) o que impiden su realización (impedimentos impidentes). El divorcio, por ende, es incompatible y contrario a cualquiera de las nulidades señaladas, por cuanto éstas inciden en el acto mismo, su validez, existencia y efectos, por lo que no pueden caber como acciones en una misma demanda, máxime si la anulabilidad absoluta expuesta en el sub-lite en vía de reconvención por la demandada de divorcio comprende a una tercera persona distinta del actor y ajena a la litis que provoca la mutua petición, aún cuando existiese con aquél un ligamen matrimonial
- AUTO SUPREMO N° 147. Sucre, 22 de abril de 2002
- DISTRITO : Santa Cruz
- PARTES : Wilfredo Apodaca Torrico c/ Bertha Claros Guevara
- RELATOR : Ministro doctor Kenny Prieto Melgarejo
- RESULTANDO: Que en este proceso familiar doble sobre divorcio vincular o absoluto interpuesto por Wilfredo
- En alzada deducida por la demandada, la Corte de apelación mediante su Sala Civil Segunda
- CONSIDERANDO: Dentro del concepto doctrinario de acumulación originaria de acciones, el art
- La naturaleza y finalidad de ambas acciones de divorcio son similares y compatibles porque subjetivamente
- A mayor abundamiento, el divorcio es un instituto del derecho de familia que tiende a
- niegan acumular acciones contrarias entre sí, aún cuando pertenezcan al mismo derecho substantivo y la
- CONSIDERANDO: Que de alguna manera el tribunal ad quem ha comprendido esa improcedencia no solo
- Que, la interpretación y aplicación de las normas legales en la forma y el fondo
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 22 de abril de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
