Auto Supremo AS/0147/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2002

Fecha: 22-Abr-2002

RESULTANDO: Que en este proceso familiar doble sobre divorcio vincular o absoluto interpuesto por Wilfredo





VISTOS: Los recursos de casación deducidos, a su turno, por Timoteo Sánchez Bejarano en representación de Bertha Claros de Apodaca en folio 698 y vlta., y Wilfredo Apodaca Torrico en fs. 700 a 701 vlta., ambos en contra del auto de vista de fecha 16 de abril de 2001 corriente en folio 695 y vlta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, en el proceso ordinario familiar sobre divorcio absoluto y reconvención por anulabilidad de matrimonio sustentado entre los recurrentes, las contestaciones que se leen en el proceso, el auto de concesión de fs. 708 vlta., el dictamen del señor Fiscal General de fecha 4 de febrero de 2002 cursante en folios 711-712, los antecedentes que trae el cuaderno procesal y,

RESULTANDO: Que en este proceso familiar doble sobre divorcio vincular o absoluto interpuesto por Wilfredo Apodaca Torrico en contra de su cónyuge Bertha Claros Guevara y reconvención de ésta por la misma causal y además por anulabilidad absoluta del matrimonio de su cónyuge contraído con Aleida Julieta Lino Melgar, el Juez Segundo de Partido de Familia de la ciudad de Santa Cruz pronuncia la sentencia en fecha 13 de octubre de 2000, que se lee en el segundo cuerpo en folios 360-362, en la que declara probadas tanto la demanda principal de fs. 2, como la reconvencional de fs. 79-80, esta última solamente en cuanto a la desvinculación matrimonial e improbada en lo demás, o sea sobre la anulabilidad absoluta del matrimonio del actor con Aleida J. Lino Melgar, determinando el divorcio entre los esposos contendientes y subsistente la obligación de asistencia para el hijo habido en la unión conyugal, Adolfo Apodaca Claros