Por lo expuesto, en este orden el Derecho Sancionador establece que la pena debe ser
Por lo expuesto, en este orden el Derecho Sancionador establece que la pena debe ser la contingencia social al déficit individual de la motivación jurídica en orden a un fin preventivo general; pues se sanciona para mantener la confianza general de la norma; por ello la pena ha de ser siempre la cualitativamente adecuada para conseguir la finalidad; esto es que el juzgador aplicando el principio de proporcionalidad, se obliga a ponderar la gravedad de la conducta, así como las circunstancias y móviles personales del hecho generad,)r del delito. Sumando a lo anterior, los recurrentes debían demostrar con precisión la contradicción de las resoluciones en forma puntual, cierta y coincidente, para colegir que el órgano judicial haya aplicado en casos similares con sentido distinto y alcance diferente la norma sustantiva reguladora del hecho punible. Ha consecuencia de estos presupuestos obliga al Supremo Tribunal a inclinarse para declarar infundado el recurso de casación de fs. 11491154
- CONSIDERANDO: Que, el fallo de fs
- Que, la Sala Penal de la Corte del Beni, en grado de apelación restringida de
- CONSIDERANDO: Que, contra el fallo anterior, recurren de : casación los imputados: Enrique Balcazar Gil,
- 2)
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- Con los fundamentos expuestos, solicitan al Supremo Tribunal se establezca la doctrina legal aplicada, a
- CONSIDERANDO: Que, a los efectos de establecer si existe contradicción, entre el auto de vista
- El precedente relativo al caso N° 204 de 4 de octubre de 2002, dictado por
- Si bien el primer Auto de Vista, trata sobre el delito de asesinato, previsto por
- Dada la finalidad que otorga la Ley Procesal al recurso de casación de uniformar la
- Por lo expuesto, en este orden el Derecho Sancionador establece que la pena debe ser
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
