Auto Supremo AS/0592/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2003

Fecha: 26-Nov-2003

CONSIDERANDO: Que, la resolución de fs


MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 335-339, interpuesto por María Alejandra Moncada de Arano, impugnando el Auto de Vista de fs. 298-301 vlta., de fecha 7 de abril del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del juicio oral, público y contradictorio seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de Marco Antonio Sánchez Maman¡ contra la recurrente y otra, por el delito de homicidio culposo, previsto por la segunda parte del art. 260 del Código Penal; sus antecedentes, los precedentes contradictorios invocados, todo lo demás que ver convino y se ha tenido presente; y

CONSIDERANDO: Que, la resolución de fs. 211-218, pronunciada por el Tribunal de Sentencia N° 3 de la ciudad de Santa Cruz, declara a las imputadas: María Alejandra Moncada de Arano y Patricia Jordán Barbery, autoras de la comisión del delito de homicidio culposo, previsto en la segunda parte del art. 260 del Código Penal, condenándole a la primera a la pena de tres años y a la segunda a dos años y siete meses de reclusión, bajo la modalidad del art. 366 del Código de Procedimiento Penal, al pago de 400 y 300 días multa, respectivamente, a razón de Bs. 2.- por día y al pago de costas, además dispone que la primera está obligada a realizar un trabajo de recopilación científica actualizada sobre Anestesiología Pediátrica incluyendo el uso de Fármacos y un Manual conteniendo reglas internas sobre las formas y previsiones para el ejercicio de la Anestesiología aptas para Centros de Salud Pública y Privada; para el efecto queda suspendida en el ejercicio de la profesión y de sus funciones en el Hospital del Niño por el término de seis meses