Auto Supremo AS/0592/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2003

Fecha: 26-Nov-2003

CONSIDERANDO: Que, la uniforme jurisprudencia y la doctrina han establecido que el Supremo Tribunal por


CONSIDERANDO: Que, la uniforme jurisprudencia y la doctrina han establecido que el Supremo Tribunal por la naturaleza y finalidad del recurso de casación, no puede ingresar a considerar cuestiones de hecho y menos a valorar las pruebas que fueron consideradas en el juicio oral, público y contradictorio, salvo que en la apreciación de las pruebas se hubieren incurrido en error de hecho o de derecho; o existieren vicios o defectos absolutos de procedimiento o de la sentencia previstos por los arts. 169 y 370 del Código de Procedimiento Penal, lo que no se da en la especie