Auto Supremo AS/0367/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2003

Fecha: 08-Dic-2003

El demandado reconventor recurre en casación alegando haberse violado los arts


El demandado reconventor recurre en casación alegando haberse violado los arts. 309, 311 y 313 del Código de Procedimiento Civil, habida cuenta de que la perención es operable aún en procesos dobles y no solamente en singulares