Auto Supremo AS/0378/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0378/2003

Fecha: 09-Dic-2003

Que la previsión del art


Que la previsión del art. 70 del Código de Familia no es imperativa sino potestativa, por lo que su omisión - muy frecuente- no es determinante para excluir de la comunidad de bienes, los propios de cada cónyuge, pues, la presunción señalada en el art. 113 de aquel cuerpo legal es juris tantum que admite prueba en contrario