A ello, debemos sumar el hecho que el auto de vista a tiempo de considerar
A ello, debemos sumar el hecho que el auto de vista a tiempo de considerar la tercería de dominio excluyente interpuesta en segunda instancia por Faustino Sullcata Quispe y Dionisia Sullcata de Tórrez, a fs. 164 a 165, incurre en error al citar el nombre de esta última a quien nomina como Alicia Sullcata Tórrez, persona distinta de la tercerista Dionisia Sullcata de Tórrez. Que, a fin de preservar la seguridad jurídica que debe generar la cosa juzgada, ha menester identificar con claridad y corrección el nombre de las partes intervinientes en los procesos, sea partes principales o de terceros que traen sus derechos a la litis, extremo que se extraña en el auto de vista impugnado y que ameritan mayor cuidado por el Tribunal ad quem
- AUTO SUPREMO N° 68 Sucre, 11 de febrero de 2003
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Ordinario - Mejor derecho propietario y nulidad de escritura
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- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 11 de febrero de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
