El precedente referente al caso Nº 436 "Financiero Acceso Santa Cruz S
El precedente referente al caso Nº 436 "Financiero Acceso Santa Cruz S.A." c/ Felix Bejarano Aguilera, nace como consecuencia de la apropiación de $us. 89.000.- que hizo el procesado Felix Bejarano Aguilera aprovechando su situación de cajero de la empresa, por cuyo motivo el Juez lo condenó a la pena de cuatro años de reclusión por haber cometido los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza, incursos en la sanción de los arts. 345 y 346 con relación al art. 45 todos del Código Penal, resolución que fue confirmada por Auto de Vista de fecha 27 de mayo de 2000 y declarado infundado el recurso de casación por efecto del Auto Supremo de 4 de septiembre de 2000
- Sánchez, apropiación indebida y abuso de confianza
- CONSIDERANDO: Que el Juez de Sentencia 2do
- Estando en grado de apelación restringida la sentencia aludida, la Corte de Alzada por Auto
- CONSIDERANDO: Que ante la adversidad del Auto de Vista mencionado, la querellante recurre de casación
- 2º
- 3º
- 4º
- CONSIDERANDO: A los efectos de establecer si existe contradicción, cuando en una situación de hecho
- El precedente señalado con el caso Nº 78 al tener su origen en la entrega
- El precedente relativo al caso Nº 410 surge de la venta de 2 mesas concentradoras
- El precedente referente al caso Nº 436 "Financiero Acceso Santa Cruz S
- Por último, en relación al caso Nº 586 que brota a la esfera procesal en
- Se comprenderá que los precedentes arriba señalados si bien terminan condenando a los procesados ut
- La ley penal positiva en el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Por Secretaría de Cámara hágase conocer ésta resolución a todas las Cortes Superiores del país
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído.-David Baptista Velásquez._Secretario de Cámara
