Se comprenderá que los precedentes arriba señalados si bien terminan condenando a los procesados ut
Se comprenderá que los precedentes arriba señalados si bien terminan condenando a los procesados ut supra por los delitos previstos en los arts. 345 y 346 del Código Penal; sin embargo difieren con el resuelto en el auto de vista de fs. 421-422 vlta, toda vez que la querellante Rita Vivian Cardona de Tomicic siendo candidata por el partido "Libertad y Justicia" para ocupar un escaño como diputada suplente, voluntariamente y sin presión alguna hizo entrega de la suma de $us. 5.000.- al representante legal del partido en Cochabamba; suma que se interpreta como un "aporte voluntario" que no implicaba devolución por las características y el modus operandi en que se desarrolla la democracia en el país, aunque no es lo más ético el proceder, pero al fin son prácticas permisibles que financian campañas maratónicas; donde el beneficiario es la comunidad partidaria; este simple hecho apuntado, desnaturaliza y descarta la obligación de devolver por parte del procesado; pues en todo caso un tema relacionado con campañas plebiscitarias tendrá que ventilarse en todo caso en esferas de la Corte Nacional Electoral o ante los órganos del propio partido y no pretender criminalizar conductas que hacen a otros mecanismos administrativos
- Sánchez, apropiación indebida y abuso de confianza
- CONSIDERANDO: Que el Juez de Sentencia 2do
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- CONSIDERANDO: Que ante la adversidad del Auto de Vista mencionado, la querellante recurre de casación
- 2º
- 3º
- 4º
- CONSIDERANDO: A los efectos de establecer si existe contradicción, cuando en una situación de hecho
- El precedente señalado con el caso Nº 78 al tener su origen en la entrega
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- La ley penal positiva en el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Por Secretaría de Cámara hágase conocer ésta resolución a todas las Cortes Superiores del país
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído.-David Baptista Velásquez._Secretario de Cámara
