Auto Supremo AS/0287/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0287/2003

Fecha: 10-Sep-2003

Contra la resolución de segundo grado, el demandante perdidoso recurre de casación en el fondo,


Contra la resolución de segundo grado, el demandante perdidoso recurre de casación en el fondo, acusando que el auto de vista adolece de falsa, errónea e indebida aplicación de los arts. 452, 489 y 549 del Código Civil, en virtud de haber incurrido en error de derecho y error de hecho en la valoración de la prueba producida. Acusa que los demandados José, Mario y Hortensia Virreira Caso, provocados a confesión judicial, no se presentaron, importando confesión presunta pero que no fue considerada así por el tribunal de alzada. Tampoco consideró los memoriales de fs. 101 y 175 en el cual José y Hortensia Virreira Caso afirman que desconocían la existencia de contrato de compraventa que hubieren convenido entre su madre Victoria vda. de Virreira y los esposos Mealla Echazú, confesión judicial que al tenor del art. 1321 del Código Civil merece fe probatoria. Que, el tribunal tampoco hace un apropiado análisis de la prueba documental de fs. 6-7, 76-79 y 149, que no consideró el informe pericial de fs. 255 a 263. Que el contrato de alquiler de fs. 227, la demandada Ivi Ruth Mealla Echazú firma el 30 de octubre de 1989 declarando que Hugo Mealla es el propietario del bien inmueble sito en calle 15 de abril N° 130 de la ciudad de Tarija. Finalmente que los documentos de fs. 50, 51 y 52 acreditan que el Dr. Pino Ichazo en los años 1984 y 1985 pagaba los alquileres por uso de la casa de la calle 15 de abril al propietario Dr. Hugo Mealla Caso, prueba corroboradas por las atestaciones del Dr. Juan Ariel Vargas y Gonzalo Pino Ichazo a fs. 340 y 342. Prueba que lleva a la conclusión que los documentos de fs. 25 y 28 con fecha 20 de diciembre de 1982 y 27 de diciembre de 1982 fueron fraguados con la falsificación de la firma del Dr. Hugo Mealla Caso y de su esposa Emma Echazú de Mealla