Auto Supremo AS/0645/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0645/2004

Fecha: 21-Oct-2004

Que el delito de encubrimiento incurso en la sanción del artículo 75 de la Ley


Que el delito de encubrimiento incurso en la sanción del artículo 75 de la Ley 1008, establece que: "La persona que después de haber cometido un delito previsto en la presente ley sin promesa anterior, ayudaré a alguien a eludir la acción de la justicia, será sancionado con cuatro a seis años de presidio...". Se puede inferir de los elementos del tipo que el agente actúa pos-comisión del hecho delictivo y no como sucede en el delito de transporte de sustancias controladas, en la que es suficiente para la consumación la concurrencia de dos elementos: 1) que el agente sepa que lo que transporta es ilícito y 2) que el traslado de la sustancia controlada se realice por cualquier medio de transporte, terrestre, aéreo o acuático, pero que implique desplazamiento. Como se puede apreciar se trata de dos delitos cuyos elementos configurativos son diferentes, de ahí su carencia de similitud a los efectos del tercer periodo del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal