Auto Supremo AS/0725/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0725/2004

Fecha: 26-Nov-2004

Que en resumen, los precedentes ofrecidos como contradictorios, no pueden servir de parámetros para establecer


Que en resumen, los precedentes ofrecidos como contradictorios, no pueden servir de parámetros para establecer el sentido contradictorio con el Auto de Vista objeto de impugnación, tanto por no estar ejecutoriado el arriba mencionado, cuanto por diferir substancialmente de contenido y finalidad el Auto de Vista número 68 de 7 de abril de 2003; Autos Supremos 362 de 18 de julio de 2001; 460 de 18 de septiembre de 2001; defectos que el Supremo Tribunal no puede subsanar de oficio, más aún si los argumentos expuestos por los recurrentes no encajan en las previsiones contenidas en los artículos 169 y 370 del Código de Procedimiento Penal; no quedando otra alternativa para el Supremo Tribunal que declarar infundado los recursos de casación deducidos por los imputados a fojas 340 a 343; 350 a 354; 362 a 367 y 379 a 381 de obrados