Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0373/2004
Fecha: 22-Jun-2004
ecretario de Cámara
ecretario de Cámara
-
Estelionato
-
MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
-
Conociendo en apelación restringida, la Sala Penal Segunda de la Corte de Cochabamba, por Auto
-
Que contra ese fallo recurre de casación el Fiscal de Materia a fs
-
Ambos recurrentes alegan que el Auto de Vista es incongruente ya que anuló totalmente la
-
Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que en la parte
-
Con ese antecedente, del análisis del acta del registro del juicio oral, se constata que
-
DOCTRINA LEGAL: El Tribunal de casación no es un Tribunal de instancia con potestad para
-
Que partiendo de estos conceptos doctrinales, y conforme a la normativa procesal legal vigente, los
-
Así, en oportunidad de los actos preparatorios de la etapa de juicio, es decir, dentro
-
De lo anterior resulta, que los actos preparatorios, pueden ser suspendidos por motivos justificables, hecho
-
Consecuentemente; los hechos anteriormente relacionados no constituyen defectos absolutos, por no estar expresamente consignados en
-
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
-
Regístrese, hágase saber y devuélvase
-
Proveído.- David Baptista Velásquez
-
ecretario de Cámara
-
1
Otros enlaces de interés: