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    Auto Supremo AS/0373/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0373/2004

    Fecha: 22-Jun-2004

    Proveído.- David Baptista Velásquez




    Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada

    Dr. Jaime Ampuero García

    Sucre 22 de junio de 2004

    Proveído.- David Baptista Velásquez
    • Estelionato
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Conociendo en apelación restringida, la Sala Penal Segunda de la Corte de Cochabamba, por Auto
    • Que contra ese fallo recurre de casación el Fiscal de Materia a fs
    • Ambos recurrentes alegan que el Auto de Vista es incongruente ya que anuló totalmente la
    • Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que en la parte
    • Con ese antecedente, del análisis del acta del registro del juicio oral, se constata que
    • DOCTRINA LEGAL: El Tribunal de casación no es un Tribunal de instancia con potestad para
    • Que partiendo de estos conceptos doctrinales, y conforme a la normativa procesal legal vigente, los
    • Así, en oportunidad de los actos preparatorios de la etapa de juicio, es decir, dentro
    • De lo anterior resulta, que los actos preparatorios, pueden ser suspendidos por motivos justificables, hecho
    • Consecuentemente; los hechos anteriormente relacionados no constituyen defectos absolutos, por no estar expresamente consignados en
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Proveído.- David Baptista Velásquez
    • ecretario de Cámara
    • 1

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