El recurso de casación es remedio procesal extraordinario, motivo por el cual el conocimiento y
CONSIDERANDO: El Recurso de casación en la Corte Suprema de Justicia de la Nación está instituido para proteger dos finalidades esenciales: la defensa del derecho y la unificación de la jurisprudencia. La primera finalidad es la correcta aplicación de la ley o del derecho en los fallos judiciales en todo el territorio de la República; con ello se busca el imperio de la seguridad jurídica y la igualdad de los ciudadanos ante la ley y la defensa de la supremacía de la ley. La segunda finalidad es unificar la jurisprudencia, con el objeto de una interpretación común de la norma jurídica en todo el país. El recurso de casación podrá fundarse en la existencia de una infracción o errónea aplicación de la norma de derecho, sea en el fondo o en la forma.
El recurso de casación es remedio procesal extraordinario, motivo por el cual el conocimiento y resolución del mismo por la Suprema Corte de Justicia de la Nación esta limitado a aquellos casos expresamente establecidos por la ley que por su valor, naturaleza jurídica y por la importancia del litigio, lo justifican considerarlo
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Ordinario (Nulidad y anulabilidad de Contrato)
- PARTES: Hernán Rivera Rojas c/Javier Harb Álvarez
- VISTOS: Sentencia de primera instancia, auto de vista impugnado, recurso de casación en el fondo,
- Que, el recurso de casación es puramente jurídico y de derecho y por el principio
- El recurso de casación es remedio procesal extraordinario, motivo por el cual el conocimiento y
- CONSIDERANDO: Con sujeción a lo establecido por el art
- Al haber sido admitida la demanda en el entendido de que la misma cumplía con
- En el presente caso de autos, el tribunal "ad quem" al dictar el auto de
- Es cierto que las acciones de nulidad y anulabilidad son instituciones del derecho civil con
- La acumulación de acciones en un mismo proceso reside en dos tipos de fundamento: uno
- Conforme al art
- Los argumentos (pobres jurídicamente) en que fundan la nulidad de obrados el tribunal de apelación
- El órgano de apelación solo debe resolver conforme a la expresión del agravio o perjuicio
- Los principios de pertinencia y congruencia previstos en la normativa de los arts
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de República
- No siendo excusable el error en el que incurrieron los respetables vocales intervinientes del auto
- Relator: Ministro Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda
