Auto Supremo AS/0348/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2005

Fecha: 17-Nov-2005

"Ahora bien, siendo así que se ha limitado el apremio, escapa de todo criterio de


"Ahora bien, siendo así que se ha limitado el apremio, escapa de todo criterio de razonabilidad el hecho de que como una medida precautoria se imponga el arraigo indefinido de una persona, violando, fundamentalmente, el derecho de libre transitabilidad establecido por el artículo 7-g) de la Constitución Política del Estado, más aún cuando existen otras medidas precautorias como la anotación preventiva, embargo preventivo, secuestro de bienes, intervención judicial e inhibición general de bienes, que tienden a asegurar, quizás con mayor efectividad, los resultados del proceso y el cumplimiento de la sanción se que imponga en la sentencia a ser emitida"