CONSIDERANDO: que efectuado el análisis tanto de los datos del cuaderno procesal, cuanto del fundamento
CONSIDERANDO: que efectuado el análisis tanto de los datos del cuaderno procesal, cuanto del fundamento del recurso de casación, se evidencia que las violaciones acusadas en él carecen de sustento y asidero legal por las siguientes consideraciones:
1º.- La Sentencia de fojas 1051 a 1055 es pronunciada como corolario a las dos fases del proceso penal compuestas por la fase de la instrucción y por la del plenario. A la conclusión de la primera fase, luego del análisis exhaustivo por parte del Juez Sumariante de los antecedentes recolectados en la fase investigativa que concluyó con el Requerimiento Acusatorio de fojas 236 a 247, en observancia del artículo 220 inciso 3) del Código de Procedimiento Penal, se pronuncia el Auto Final de la Instrucción de fojas 921 a 924 por el que se declara el Procesamiento del imputado Rafael Torrez Plantarrosa por la comisión de los delitos de uso indebido de influencias, conducta antieconómica y falsedad ideológica, previstos en los artículos 146, 224 y 199 del Código Penal. En el plenario de la causa el Juez de Partido Primero en lo Penal pronunció la Sentencia de primer grado declarando al procesado Rafael Torrez Plantarrosa autor de la comisión de los delitos de uso indebido de influencias y conducta antieconómica, absolviéndole por el delito de falsedad ideológica, efectuando la valoración de la prueba conforme a la previsión del artículo 135 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: que la causa en estudio se encuentra radicada en esta instancia por haberse planteado
- CONSIDERANDO: que Pedro Flores Medina, en su condición de defensor oficial de Rafael Torrez Plantarrosa,
- CONSIDERANDO: que del análisis de los datos del proceso, se evidencia que no se encuentran
- CONSIDERANDO: que en cuanto al recurso de fojas 1105 a 1108 se refiere se tiene
- Que elevado el proceso ante la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial
- CONSIDERANDO: que en cumplimiento del Auto Supremo que anula obrados, la Sala Penal Primera de
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación en análisis denuncia violación de los artículos 224, 235,
- Refiere que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia viola el artículo 242 numeral
- Concluye el recurso de casación con el petitorio al Supremo Tribunal para CASAR el Auto
- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis tanto de los datos del cuaderno procesal, cuanto del fundamento
- 2º
- 3º
- 4º
- Por lo precedentemente expuesto se concluye que el recurso de casación amerita la aplicación del
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Sucre, nueve de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
