CONSIDERANDO: que la imputada de fojas 486 a 493 y vuelta recurre de casación con
CONSIDERANDO: que la imputada de fojas 486 a 493 y vuelta recurre de casación con el siguiente fundamento:
1).- Que el Auto de Vista señala, entre sus argumentos, que no se habría solicitado audiencia para fundamentación complementaria de los recursos formulados; empero, en su caso de manera clara y precisa solicitó en su memorial de apelación restringida para fundamentación oral y complementación del recurso, solicitud que nunca fue atendida por el tribunal que acusa que esa audiencia no se habría realizado por falta de petición de los recurrentes
- PARTES: Ministerio Público e INALCO c/Karina Esther Prado Strauss
- Falsedad ideológica y otros
- MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- CONSIDERANDO: que de fojas 318 a 334 el Tribunal de Sentencia Quinto de la ciudad
- CONSIDERANDO: que la imputada de fojas 486 a 493 y vuelta recurre de casación con
- 2)
- 3)
- 4)
- CONSIDERANDO: que admitido el recurso de casación, corresponde en el marco legal analizar los fundamentos
- Por otra parte, el Auto de Vista ciertamente incurre en flagrante violación de las garantías
- Finalmente, respecto a la impugnación de fondo de falta de tipicidad respecto al delito de
- Se consideran defectos absolutos cuando en la resolución, sea sentencia o Auto de Vista, no
- El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
- En el caso de autos se evidencia "ausencia de dolo"en el actuar de la procesada
- Sucre, catorce de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
