Auto Supremo AS/0111/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2005

Fecha: 18-Abr-2005

VISTOS: El recurso de casación de fs


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VISTOS: El recurso de casación de fs. 137-139 vta. interpuesto por Rossemary Liendo Ocampo de Claros, contra el Auto de Vista de fs. 132-133 vta., pronunciado el 4 de noviembre de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso de divorcio, instaurado por Álvaro Humberto Claros Goitia en su contra; la concesión del mismo mediante Auto de fs. 145, pronunciado el 3 de enero de 2004, los antecedentes procesales analizados para resolución y:

CONSIDERANDO: Que tramitada la demanda ordinaria de divorcio, el 22 de junio de 2002 se pronunció sentencia de primera instancia, conforme consta a fs. 105-108 de obrados, declarando improbada la demanda principal de fs. 10-11, así como las excepciones opuestas y probada la demanda reconvencional planteada por Rossemary Liendo Ocampo a fs. 20-21, así como las excepciones perentorias formuladas contra la acción principal. En consecuencia, se declaró disuelto el vínculo matrimonial ordenando la cancelación de la respectiva partida en la Dirección Departamental del Registro Civil de la ciudad de Oruro. Sin costas