En consecuencia los fundamentos del recurso de casación en el fondo resultan infundados
En consecuencia los fundamentos del recurso de casación en el fondo resultan infundados
- AUTO SUPREMO: Nº 145 Sucre, 10 de mayo de 2.005
- DISTRITO: Tarija RECURSO: Ordinario - Cumplimiento de Contrato
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO: Que, interpuesta la demanda a fs
- Deducida la apelación por el demandante perdidoso (fs
- En el recurso de casación en la fondo alega que
- En el recurso de casación en la forma alega que
- Concluye solicitando que se case la resolución impugnada, declarando subsistente el fallo del a quo
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso y a efectos de resolver el mismo
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- Respecto de la excepción previa o mixta de transacción, el art
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- En efecto, en el caso de la excepción previa o mixta de prescripción, es evidente
- Respecto de la excepción mixta de transacción, cabe señalar que los argumentos en base a
- En consecuencia los fundamentos del recurso de casación en el fondo resultan infundados
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- Por lo expuesto se determina que corresponde aplicar, en el presente caso, lo establecido por
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No se regula el honorario profesional por no haber sido respondido el recurso
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
