Auto Supremo AS/0152/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2005

Fecha: 16-May-2005

III


III.- Revisando el recurso de casación en el fondo interpuesto por la Empresa demandada, se evidencia que tampoco cumple las previsiones del art. 258 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., por cuanto alegó la violación de varias normas de dicho Pdto., y art. 1º de la L.O.J., empero, no explicó en forma clara en qué consisten esas violaciones, concretándose a una relación de los puntos del contrato de riesgo compartido