Auto Supremo AS/0204/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2006

Fecha: 02-Oct-2006

El principio de trascendencia, que establece que no hay nulidad de forma, si la alteración


El principio de trascendencia, que establece que no hay nulidad de forma, si la alteración procesal no tiene trascendencia sobre las garantías esenciales de defensa en juicio. Principio que se impone para enmendar los perjuicios efectivos que pudieren surgir de la desviación del proceso y restrinja las garantías a que tienen derecho los litigantes. Responde a la máxima "no hay nulidad sin perjuicio", es decir, que no puede hacerse valer la nulidad cuando la parte no ha sufrido un gravamen con la infracción