Auto Supremo AS/0204/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2006

Fecha: 02-Oct-2006

Regístrese y devuélvase


POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, ANULA obrados, hasta el estado que la Jueza a quo pronuncie nueva sentencia que responda al principio de congruencia y exhaustividad previsto por el art. 190 del Código de Procedimiento Civil. Sin responsabilidad por ser excusable.

MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.

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