Auto Supremo AS/0207/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2006

Fecha: 02-Oct-2006

CONSIDERANDO: Los demandantes acusan en su recurso en la forma, la demora en la citación


CONSIDERANDO: Los demandantes acusan en su recurso en la forma, la demora en la citación al Municipio de Sucre y la falta de notificación personal con el auto de apertura de término de prueba a la demandada. Al respecto, debemos dejar sentado que ninguna de las dos acusaciones son causales de nulidad, porque en virtud del principio de especificidad, previsto por el art. 251 del Código de Procedimiento Civil, ningún acto será declarado nulo si la nulidad no estuviere expresamente determinada por ley