Sostiene que la documental de fs
Sostiene que la documental de fs. 36 demuestra que su vivienda se encuentra construida en los lotes J-7 y J-8, prueba corroborada por la prueba de fs. 65 y 66 de obrados. Indica que no tomaron en cuenta el plano de loteamiento elaborado con posterioridad a la construcción de su vivienda, tampoco el informe pericial de 29 de diciembre de 1997 que dictamina que las construcciones fueron ejecutadas en los años 1985 a 1986, con lo que acredita estar en posesión desde hace más de 10 años en forma pacifica y continuada en los lotes N° J-7 y J-8 sito en Torocancha, ex fundo Ckara Punco
- CONSIDERANDO: La sentencia pronunciada por el Juez 2° de Partido en lo Civil de la
- Contra la resolución de vista, los demandantes recurren de casación tanto en el fondo como
- Sostiene que la documental de fs
- El recurso en la forma señala que la H
- Acusa también que con el auto de relación procesal y apertura del término probatorio no
- CONSIDERANDO: Los demandantes acusan en su recurso en la forma, la demora en la citación
- En el primer caso, con la citación al Gobierno Municipal y que cursa a fs
- En el segundo caso, el auto de relación procesal y apertura del término de prueba
- Finalmente, conforme al principio de trascendencia, en virtud del cual "no hay nulidad sin perjuicio",
- CONSIDERANDO: Respecto al fondo del recurso, no es evidente que el tribunal ad quem hubiere
- Olvidan los recurrentes que cuando se quiere impugnar en casación la valoración de la prueba
- En efecto, los demandantes pretenden que los de grado hubieren valorado una prueba pericial -producida
- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 2 de octubre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
