Auto Supremo AS/0207/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2006

Fecha: 02-Oct-2006

Finalmente, conforme al principio de trascendencia, en virtud del cual "no hay nulidad sin perjuicio",


Finalmente, conforme al principio de trascendencia, en virtud del cual "no hay nulidad sin perjuicio", mal pueden los demandantes alegar vicios que no le afectan ni le causan perjuicio alguno, por lo que se concluye que ni existió indefensión en la demandada Petrona Soliz vda. de Serrudo, menos sintió ésta afectado su derecho al debido proceso, consiguientemente no hay mérito para la nulidad de obrados peticionada