Auto Supremo AS/0412/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2006

Fecha: 20-Oct-2006

Si el procesado por negligencia, descuido o desinterés, no asume su defensa, la responsabilidad cumplida


Si el procesado por negligencia, descuido o desinterés, no asume su defensa, la responsabilidad cumplida del Estado, no puede ser denunciada de insuficiente y alegada como causal de nulidad, toda vez que estaban al alcance del propio procesado, las diferentes posibilidades de confrontar por sí mismo una posible afectación a sus derechos o en su caso ejercerlos efectivamente, entre ellos el de interponer los recursos judiciales ordinarios que le franquea la ley, así el principio de interdicción de la indefensión que obliga restringir todo acto procesal que coarte el ejercicio de la defensa, encuentra un límite próximo en la autodeterminación del procesado