Auto Supremo AS/0509/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0509/2006

Fecha: 16-Nov-2006

Que el Art


Que el Art. 362 del C.P.P., estipula congruencia, en el sentido que el imputado no podrá ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación o su ampliación, de cuyo precepto se desprende que no se debe condenar al imputado por hechos o circunstancias distintas a las contenidas en la acusación, en el caso de autos el hecho es el acceso carnal, con una persona mayor de catorce años y menor de dieciocho años, juzgado Eduardo Gutiérrez Angulo por el ilícito penal catalogado con el nomen juris de delitos contra la libertad sexual