CONSIDERANDO: que de la revisión del cuaderno procesal, se tiene
CONSIDERANDO: que de la revisión del cuaderno procesal, se tiene:
1.- Que en la fase sumaria, mediante Auto cursante de foja 325 vuelta de fecha 20 de agosto de 2001, el Juez Instructor en lo Penal Liquidador de la Capital ordenó la acumulación de los procesos seguidos en contra de Faustino Torres Carpio y María Saturnina Pérez de Torres, procesos tramitados en mérito a las querellas formuladas por Ernesto Morales Maldonado, Nazaria Serrado Limachi, Cirilo Daza Bejarano y Francisca Chintari de Daza, Jaime Choque Poveda y Norberto Rojas de Choque, Francisco Choque Estrada, así como en mérito al Auto de fecha 27 de agosto de 2003, el Juez de Partido Liquidador Segundo en lo Penal de la Capital dispuso la acumulación del proceso instaurado en contra de los incidentistas, del querellante Vicente Fernández Pomar
- CONSIDERANDO: que ambos procesados fundamentan en sentido de que la demora no es imputable a
- CONSIDERANDO: que por su parte la Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República,
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- CONSIDERANDO: evidenciándose que los procesados fueron causantes de la dilación del proceso, por las razones
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
