Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1223/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1223/2006

    Fecha: 10-Nov-2006

    Dr. Juan José González Osio


    Dr. Juan José González Osio
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma o nulidad y casación en
    • CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
    • Que, analizado el recurso motivo de análisis, aparte de ser confuso, carece de fundamentación, porque
    • Que, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente o
    • 2) En el recurso de casación en el fondo, en apoyo de los arts
    • I
    • 2) La pretensión de anular el proceso, desconoce también el principio de especificidad y lo
    • 3) Por último, el recurso incurre en interpretación errónea del art
    • II.- Con relación a la casación en el fondo, se concluye
    • CONSIDERANDO IV: Que, en consecuencia, se concluye que el auto de vista cumple los principios
    • Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
    • Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Dr. Juan José González Osio
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca