En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No
En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No. 51/05 SSA-I de 8 de abril de 2005 (fs. 409-410), se revocó en parte la sentencia apelada, disponiendo que en ejecución de fallos se establezca el monto de las comisiones y el cálculo promedio a incrementarse por este concepto (conforme la fundamentación de dicha resolución), manteniendo firme y subsistente el reconocimiento de los derechos de la actora y liquidados en moneda nacional, a cuya liquidación incluye las primas y deduce los pagos a cuenta; además dispone la retención de la suma adeudada por aportes a la AFP, sin costas por la revocatoria. En consecuencia, dispone el pago según la liquidación inserta por indemnización, desahucio, vacación y primas, descontando lo pagado a cuenta, la suma de Bs. 13.004,62 aclarando que el monto de los beneficios de desahucio e indemnización serán reajustados conforme al D.S. 23381 que dispuso el a-quo
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma o nulidad y casación en
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- Que, analizado el recurso motivo de análisis, aparte de ser confuso, carece de fundamentación, porque
- Que, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente o
- 2) En el recurso de casación en el fondo, en apoyo de los arts
- I
- 2) La pretensión de anular el proceso, desconoce también el principio de especificidad y lo
- 3) Por último, el recurso incurre en interpretación errónea del art
- II.- Con relación a la casación en el fondo, se concluye
- CONSIDERANDO IV: Que, en consecuencia, se concluye que el auto de vista cumple los principios
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
