Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 462-465, con costas.
Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs. 500, que mandará a cancelar el tribunal de alzada
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez 4to del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma o nulidad y casación en
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- Que, analizado el recurso motivo de análisis, aparte de ser confuso, carece de fundamentación, porque
- Que, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente o
- 2) En el recurso de casación en el fondo, en apoyo de los arts
- I
- 2) La pretensión de anular el proceso, desconoce también el principio de especificidad y lo
- 3) Por último, el recurso incurre en interpretación errónea del art
- II.- Con relación a la casación en el fondo, se concluye
- CONSIDERANDO IV: Que, en consecuencia, se concluye que el auto de vista cumple los principios
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
