CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa error de hecho y de derecho en la
CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas y violación e interpretación errónea de la Ley, con los siguientes fundamentos:
Que lo señalado por el tribunal de apelación respecto a que conforme al art. 151 del Código Procesal del Trabajo, la confesión puede ser judicial provocada y judicial espontánea y que las partes pueden valerse de todos los medios de prueba, no es evidente, toda vez que esa disposición establece cuáles son los medios de justificación, entre las que señala la confesión y cuando se refiere a ese aspecto implica la aplicación del art. 166 del citado adjetivo laboral, esto es, sólo la confesión judicial provocada, consiguientemente, se incurrió en errónea interpretación de ambos dispositivos legales y, con ello, la errónea apreciación de la prueba cursante a fs. 2
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso, se acusa error de hecho y de derecho en la
- Señala también que resulta inconcebible que se hubiese restado valor de prueba suficiente a las
- CONSIDERANDO: Que, la controversia traída en casación, se circunscribe a establecer las causas del retiro
- Siendo así, entonces, el hecho que tanto el juez, como el tribunal de apelación, hayan
- Diferente es, sin embargo, la invocación del art
- En ese marco, el demandado ha probado que, amén de que el actor incurrió en
- Sobre la literal de fs
- Sin embargo, el retiro justificado que ha sido probado en juicio, no tiene efectos sobre
- Por lo expuesto, siendo evidente el error de hecho y de derecho en la ponderación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
