CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no
CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado, estableciéndose lo siguiente:
I.- Para resolver el presente recurso, con carácter previo corresponde dejar establecido que en autos, el actor, inició su relación laboral con la entidad demandada, antes de la vigencia de la Ley de Municipalidades Nº 2029 de 28 de septiembre de 1999, consiguientemente, se encuentra sujeto a la normativa de la Ley General del Trabajo, conforme establece el art. 11 de las Disposiciones Finales y Transitorias de la referida Ley
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por ambas partes, luego de la nulidad decretada mediante auto
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el representante de
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde verificar si es o no
- II
- Es verdad igualmente que, los arts
- Sobre la base del razonamiento de las normas citadas, presuntamente, al actor no le correspondería
- "3º Se exceptúa el caso de la recontratación pasados los tres meses de su cesantía"
- En autos, se ha verificado por una parte que, el demandante, ha trabajado en la
- III
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del Abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
