Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs
Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs. 98- y vta., interpuesto por el actor, en el que acusó la violación y aplicación indebida de los arts. 101 y 113 del Código de Familia (CF), porque declaró indebidamente como bienes gananciales el inmueble ubicado en la zona La Tabladita y los beneficios sociales que le cancelaron por el trabajo que desempeñaba, sin tomar en cuenta que ambos fueron adquiridos cuando la separación de su esposa ya se había producido, por ello, solicitó se case en parte el Auto de Vista impugnado y se declaren bienes propios tanto el inmueble, como los beneficios sociales referidos
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs
- Por otro lado, la norma del art
- Ahora bien, de la relación de las citas legales precedentes, en contraste con los hechos
- Igual razonamiento debe aplicarse en cuanto a la adquisición de los bienes inmuebles, que se
- Sin embargo, cuando la vida en consuno ha cesado pero se mantiene el vínculo matrimonial,
- CONSIDERANDO: En la especie, de la revisión de obrados se establece que el matrimonio entre
- En este contexto, resolviendo el recurso respecto de los beneficios sociales se evidencia que, el
- Igual razonamiento se debe aplicar al momento de resolver las denuncias respecto del inmueble ubicado
- Por lo expuesto, al ser evidente, en parte, las infracciones denunciadas, corresponde aplicar los arts
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Para resolución según convocatoria de fs
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Eddy Wálter Fernández Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 06 de junio de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
