Auto Supremo AS/0075/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0075/2006

Fecha: 06-Jun-2006

Sin embargo, cuando la vida en consuno ha cesado pero se mantiene el vínculo matrimonial,


Sin embargo, cuando la vida en consuno ha cesado pero se mantiene el vínculo matrimonial, por no haberse producido su disolución judicial, los bienes que adquieren los cónyuges deben ser considerados como propios, pues, el matrimonio dejó de cumplir su función toda vez que ya no existe comunidad de vida ni asistencia mutua