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    Auto Supremo AS/0180/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0180/2006

    Fecha: 06-Jun-2006

    IV


    IV.- Por último, analizando la denunciada violación del D.S. Nº 20255 de 24 de mayo de 1984, se concluye que ésta no es evidente, al constituir una norma referida a la reglamentación del D.S. Nº 19524 de 26 de abril de 1983, por el que se incluyó a los trabajadores zafreros, dentro de los alcances de la Ley General del Trabajo, no pudiendo aplicarse al caso presente, por tratarse de un empleado de un negocio particular de venta de helados
    • DISTRITO: Pando PROCESO: Social
    • PARTES: Abraao Dioomedson Da Silva Bezerra c/ Adolfo Nishikawa de la Riva
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
    • CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la
    • Concluyó solicitando se case el auto de vista y se disponga la cancelación de sus
    • CONSIDERANDO: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si lo denunciado en el recurso
    • II
    • Por otra parte, también es evidente que el Tribunal ad quem, no consideró la confesión
    • III
    • IV
    • V: Que, así analizados los antecedentes del proceso, se concluye que el auto de vista
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
    • Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Juan José González Osio
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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