Auto Supremo AS/0216/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0216/2006

Fecha: 28-Jun-2006

c) que se demuestra que el ad quem ejerció en derecho y con imparcialidad, el


c) que se demuestra que el ad quem ejerció en derecho y con imparcialidad, el control jurisdiccional que le compete, sin ingresar a valoraciones probatorias que son competencia exclusiva del a quo y que le están vedadas a los Tribunales de control jurisdiccional, puesto que no le está permitido a la Corte de apelaciones ingresar en revisión de cuestiones de hecho valoradas por los Tribunales inferiores, las competencias específicas que le asigna la ley son: garantizar el debido proceso, derechos y garantías constitucionales, Tratados internacionales, la correcta aplicación de la ley y ejercer control jurisdiccional respecto a resoluciones de sus inferiores, toda vez que de acuerdo a la nueva concepción doctrinaria, la apelación restringida es el medio legal para impugnar errores de procedimiento o de indebida aplicación de normas sustantivas en los que se hubiere incurrido durante la sustanciación del juicio o la sentencia, no siendo el medio jerárquico para revalorizar la prueba o revisar cuestiones de hecho que competen a Tribunales inferiores