Auto Supremo AS/0297/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2006

Fecha: 25-Ago-2006

De los antecedentes expuestos, se tiene que no concurren los presupuestos que permitieron la admisibilidad


De los antecedentes expuestos, se tiene que no concurren los presupuestos que permitieron la admisibilidad del recurso conforme sale del Auto Supremo Nº 294/05, toda vez que no se evidencia la existencia de defectos absolutos y de sentencia conforme a la previsión de los artículos 169 o 370 del Código de Procedimiento Penal, y tampoco se han demostrado violaciones a los derechos y garantías constitucionales del procesado, defectuosa valoración de la prueba o finalmente inobservancia o errónea aplicación de la ley; por consiguiente corresponde declarar infundado el recurso conforme previene el artículo 419 del Código de Procedimiento Penal