c) Siguiendo estos lineamientos, la prueba de descargo (contratos de fs
c) Siguiendo estos lineamientos, la prueba de descargo (contratos de fs. 77, 78-79 y 83), evidencian que la relación laboral se inició en el año 1995 finalizando el año 1998, por una parte y, por otra, se demuestra que el empleador hizo caso omiso a las disposiciones referidas, por cuanto no se suscribieron ni se renovaron nuevos contratos por escrito con duración de un año, que hubieran sido refrendados ante la autoridad administrativa competente del Ministerio del Trabajo, para el período de servicios prestados entre el 8 de septiembre de 1999 al 30 de marzo de 2002, circunstancia esta última que definitivamente contraviene las disposiciones legales aludidas precedentemente
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra el auto de vista, el Gerente General de la factoría demandada, interpone recurso
- Concluye solicitando confusamente se case el auto de vista, se declare fundado el recurso y
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis con relación a los
- 2
- Ahora bien de la revisión minuciosa de las pruebas que cursan en el cuaderno de
- b) El art
- c) Siguiendo estos lineamientos, la prueba de descargo (contratos de fs
- 3
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de Abogado, en razón de no haberse contestado el
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
