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    Auto Supremo AS/0184/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0184/2006

    Fecha: 08-Sep-2006

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • PARTES : Silvano Armella Espinoza c/ Julio César Ulloa Aguirre y otros
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
    • En el primero, acusó la violación, interpretación errónea y aplicación indebida de los artículos 1538,
    • Respecto del recurso de casación en la forma acusó la infracción del artículo 236 del
    • Concluyó solicitando se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo se
    • CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso corresponde resolver el mismo en base a
    • En este marco, se advierte que en el trámite del proceso, los juzgadores de instancia
    • Por otro lado, es innegable que los deudores tenían pleno conocimiento y conciencia de que
    • Finalmente, los datos del proceso dan cuenta que el contrato de anticresis realizado por el
    • En definitiva resulta infundada la vulneración de los preceptos invocados en el recurso extraordinario de
    • CONSIDERANDO: Respecto del recurso de casación en la forma, se advierte que el ad quem
    • En consecuencia, al no ser evidentes las denuncias formuladas en el recurso, corresponde aplicar lo
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
    • Proveído : Sucre, 8 de Septiembre de 2006
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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